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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 21824 >> Fecha 02/12/1992 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 21824 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°-Rige a partir de su publicación

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Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos.

 

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