Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23780 >> Fecha 07/11/1994 >> Articulo 10
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 10     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 23780 - Articulo 10
Ir al final de los resultados
Artículo 10    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 10

Artículo 10.

 

La Dirección de Servicios tendrá las siguientes funciones:

1. Asegurar a la Institución los recursos humanos en cantidad y calidad suficiente, que permitan desarrollar sus planes y programas de trabajo dentro de un ambiente laboral altamente productivo, motivado e integrado.

2. Garantizar la eficiencia y eficacia en las funciones de vigilancia administrativa y servicios generales que requiere la Institución.

3. Coordinar con las instancias técnicas los planes de desarrollo de informática que requiere la Institución para cumplir con sus fines.

 

La Dirección de Servicios estará integrada por los siguientes Departamentos:

 

- El Departamento de Recursos Humanos

- El Departamento de Control y Servicios

 


 

Ir al inicio de los resultados