Artículo 11.
El Departamento de Recursos Humanos tendrá
las siguientes funciones:
1. Organizar, coordinar y recomendar el
desarrollo de las políticas básicas de Administración de Personal.
2. Aplicar los lineamientos del Servicio
Civil y seguir sus recomendaciones en cuanto a capacitación, salarios y
reclutamiento.
3. Apoyar y coordinar la acción
capacitadora que realicen las Divisiones Institucionales.
4. Planificar y coordinar la capacitación
de personal de la Institución de acuerdo a los objetivos de las mismas.
5. Desarrollar programas de psicología
laboral tendientes a mejorar el clima organizacional .
6. Atender denuncias y reclamos salariales
de los servidores. Investigar éstas y cumplir con los principios del debido
proceso y aplicar la acción que corresponda.
7. Atender los trámites y registros que se
deriven de la contratación de personal de la Institución, elaborando todos los
formularios correspondientes manteniendo registros actualizados de los mismos.
8. Mantener expedientes actualizados de
todos los funcionarios de la Institución.
9. Llevar el control de las plazas
vacantes, pedimentos de personal, de las solicitudes de temas de personal,
vacaciones, incapacidades, embargos, sanciones disciplinarias, ascensos,
traslados y reasignaciones.
10. Tramitar las acciones de personal,
contratos de dedicación exclusiva, carrera profesional.
11. Efectuar estudios sobre los puestos de
los funcionarios de la Institución y clasificar los mismos y enviarlos a la
aprobación del Servicio Civil.
12. Confeccionar el presupuesto ordinario
con los cargos fijos de la Institución.
13. Coordinar el sistema establecido para
la evaluación de desempeño de los funcionarios de la institución.
14. Presentar informes requeridos por el
Director General de Servicios Operativos.