Artículo 12
Artículo 12.
El Departamento de Control y Servicios
tendrá las siguientes funciones:
1. Custodiar y distribuir los cupones de combustible
de la Institución y conciliar las facturas que se deriven de la utilización del
mismo.
2. Coordinar y administrar los servicios
de seguridad y vigilancia de las Oficinas Centrales.
3. Prestar los servicios de
correspondencia interna y externa.
4. Administrar y controlar los servicios
de mensajeros, conductores y cafetería de la Institución.
5. Coordinar y administrar los servicios
de aseo del MAG.
6. Conocer para su análisis, registro y
evaluación los accidentes de vehículos automotores del Ministerio.
7. Llevar un inventario permanente de
activos de la Institución y verificar el estado de los mismos.
8. Llevar un registro de las reparaciones
y de los cambios de piezas de repuestos de los vehículos de la institución.
9. Llevar un control de las casas y
apartamentos que son utilizados por funcionarios del MAG a titulo de permiso de
uso, corroborando su estado y adecuada utilización.
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