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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23780 >> Fecha 07/11/1994 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 23780 - Articulo 22
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Artículo 22    (No vigente*)
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Artículo 22

Artículo 22.

 

El Departamento de Fitoprotección tendrá las siguientes funciones:

1. Diseñar, conducir, analizar y asesorar tanto en materia de investigación científica así como, transmitir los resultados de investigación en aspectos técnicos relacionados con las plagas de los cultivos.

2. Estudiar diferentes estrategias para el combate y control en plagas insectibles, nematológicas y patológicas que afectan los cultivos de Costa Rica y que permitan un manejo económico, sin contaminación ambiental y en armonía con la naturaleza.

 


 

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