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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23780 >> Fecha 07/11/1994 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 23780 - Articulo 27
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Artículo 27    (No vigente*)
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Artículo 27

Artículo 27.

 

El Departamento de Insumos Agropecuarios tendrá las siguientes funciones:

 

1. Registrar y regular la importación y exportación, así como controlar el uso, manejo, comercialización, calidad y residuos de las sustancias químicas, biológicas o afines y de equipos de aplicación de uso en la agricultura y ganadería del país; procurando al mismo tiempo la protección de la salud humana y el ambiente.

2. Coordinar con la empresa privada y entes oficiales toda la investigación que se derive de las sustancias químicas, biológica o afines de uso en la agricultura y la ganadería.

3. Asesorar a la Dirección en materia de insumos.

4. Cualquier otra que la Dirección, las Leyes y Reglamentos le asignen.

 


 

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