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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23780 >> Fecha 07/11/1994 >> Articulo 38
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Normativa - Decreto Ejecutivo 23780 - Articulo 38
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Artículo 38    (No vigente*)
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DEL DEPARTAMENTO DE APOYO INFORMATICO

DEL DEPARTAMENTO DE APOYO INFORMATICO.

 

Artículo 38.

 

El Departamento de Apoyo Informático, adscrito al nivel político correspondiente, deberá desarrollar, mantener y fortalecer el apoyo de la informática y gestión tecnológica a las labores de las Divisiones de la Institución, así como capacitar a los usuarios en la utilización y optimización de los recursos provistos o derivados de ésta.

 

Tendrá las siguientes funciones:

 

1. Elaborar y mantener un diagnóstico de necesidades de las Divisiones, relacionadas con información y gestión tecnológica.

2. Mantener actualizado el inventario del equipo de cómputo y su Software.

3. Implementar y mantener actualizado ,un Plan de Desarrollo Informático que cubra las necesidades de las Divisiones .

4. Presentar y mantener actualizada la propuesta de los estándares para el desarrollo de los sistemas de información, sean éstos contratados o bien desarrollados dentro de la institución.

5. Planificar, diseñar, documentar, modificar y mantener los modelos de bases de datos, para que cumplan y satisfagan las necesidades de información y estandarización de la institución.

6. Definir y velar para que se cumplan las disposiciones relativas a las metodologías de desarrollo de sistemas.

7. Efectuar o supervisar el desarrollo de sistemas del plan informático.

8. Velar porque la documentación de los sistemas de información se mantenga actualizada.

9. Brindar o supervisar el mantenimiento apropiado a los sistemas existentes

10. Definir, implementar y velar porque se cumplan, con la participación de los usuarios, los nuevos procedimientos tanto manuales como computarizados que requieran de los sistemas.

11. Brindar recomendaciones técnicas que permitan la estandarización de los paquetes de software para microcomputadoras.

12. Mantener procedimientos formales para la adquisición, selección, traslados, mantenimientos o instalación, tanto de equipo computacional como el software.

13. Supervisar, instalar y dar mantenimiento a los productos de software que sean adquiridos por la institución.

14. Realizar evaluaciones de los nuevos productos computacionales para generar recomendaciones a los usuarios.

15. Coordinar y velar porque la capacitación brindada a los usuarios de sistemas de información y personal del Departamento de Apoyo Informático sea la más adecuada de acuerdo con los intereses del Ministerio.

16. Cualquier otra que se le asigne en apoyo de las diferentes instancias organizacionales de la Institución.


 

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