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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23780 >> Fecha 07/11/1994 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 23780 - Articulo 4
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DE LA OFICIALIA MAYOR

DE LA OFICIALIA MAYOR

 

Artículo 4.

 

Las funciones de la Oficialía Mayor serán las siguientes:

 

1) Coordinar con otras instituciones del más alto nivel la puesta en práctica de las políticas agropecuarias sectoriales:

 

a) Dentro del sector:

 

- Con respecto a la regionalización del presupuesto, apoyo para los programas nacionales y financiamiento publico a proyectos específicos.

- Participar en la definición de la política del Ministerio y sugerir respuestas a las necesidades del sector.

 

b) Fuera del Sector:

 

- Con el Ministerio de Hacienda todo lo relacionado con la tramitación de los presupuestos ministeriales ordinarios y extraordinarios de la República.

- Como enlace legislativo, en la defensa de los presupuestos para el MAG, CNP, entre otras; el impulso y seguimiento a los proyectos de ley de interés del Sector Agropecuario y el mantenimiento de las relaciones entre el señor Ministro con los señores Diputados.

- Con la Comisión Nacional de Emergencia, todo lo relativo a la participación del Ministerio en situaciones de desastre.

 

2. Proponer programas específicos de apoyo y motivación al personal, en armonía con la eficiencia y eficacia en su desempeño y con el nivel de productividad que demuestren.

3. Participar en programas específicos y comisiones de apoyo al personal del Ministerio.

4. Proponer, coordinar y ejecutar acciones que tiendan al adecuado desenvolvimiento administrativo y técnico de la Institución para lo cual contará con una Contraloría de Servicios.

5. Representar al Ministro en los programas de asistencia técnica dirigidos a los pequeños productores, que propongan beneficiar a aquellos mediante el aporte de insumos agropecuarios.

6. Servir de enlace al más alto nivel entre Ministro, Viceministro y otros Ministerios.

7. Coordinar las visitas de funcionarios de alto nivel de otros países relacionados con la labor del Ministerio en apoyo al Ministro y Viceministro y darle seguimiento a los acuerdos que de las reuniones se deriven.

8. Coordinar las acciones de apoyo en casos de emergencia causados por brotes de enfermedades.

9. Cumplir con otras tareas que le sean asignadas por el señor Ministro o Viceministro.

La Contraloría de Servicios, como función adscrita a la Oficialía Mayor tendrá como objetivo la protección de los intereses y derechos de quienes requieran de los servicios que brinda el MAG. Tendrá como funciones las señaladas en el Decreto N° 2372I-PLAN


 

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