Artículo 7.
La Secretaría Ejecutiva de Planificación
Sectorial Agropecuaria (Planificación Agropecuaria) tendrá las siguientes
funciones:
1. Asesorar y apoyar al Ministro de
Agricultura y Ganadería en materia de políticas y medidas relacionadas con el
desarrollo de la agricultura nacional.
2. Coordinar las acciones de planificación
para la prestación de los servicios de apoyo a la producción, comercialización
y transformación de los productos agropecuarios.
3. Coordinar y elaborar el Plan Nacional
de Desarrollo Agropecuario, con la colaboración de las distintas instituciones
públicas relacionadas y en concentración con los productores y otros actores
económicos y sociales.
4. Coordinar y difundir las políticas,
planes, programas y proyectos con otras instituciones públicas y entes privados
que tengan relación con el sector agroproductivo.
5. Orientar la elaboración de políticas,
planes y programas del sector agroproductivo y coordinar su seguimiento y
evaluación.
6. Asesorar en la toma de decisiones, que
promuevan y orientan el proceso de modernización y transformación
agroproductiva y en la inserción e integración al mercado regional e
internacional.
7. Coordinar con otras instancias del MAG,
instituciones públicas y el sector privado, la elaboración de propuestas
relacionadas con el comercio internacional de bienes y servicios agropecuarios
y sus derivados.
8. Coordinar la elaboración de planes y programas
orientados a facilitar el apoyo a la producción agropecuaria nacional en
función de los parámetros de competitividad exigidos por el comercio
internacional.
9. Centralizar la información estadística
sobre el sector agro pecuario y producir informes periódicos sobre la evolución
de las principales variables e indicadores.
10. Establecer y operar un sistema
institucional de seguimiento y evaluación, que fortalezca la capacidad de
respuesta del MAG a las demandas de la agricultura nacional.
11. Administrar y suministrar la
información estratégica requerida para la toma de decisiones en el Sector
Agroproductivo.
12. Coordinar e inducir, en las
instituciones públicas del sector, la elaboración, ejecución, seguimiento y
evaluación de planes estratégicos, bajo la aplicación de una metodología
participativa y consensual.
13. Diseñar y coordinar la implementación
de las metodologías, métodos e instrumentos de planificación gerencial en la
ejecución de los distintos programas y proyectos, con el fin de incrementar sus
niveles de eficiencia y eficacia.
14. Coordinar la identificación de los
principales problemas del sector agroproductivo que requieran la ejecución de
proyectos de desarrollo.
15. Coordinar y apoyar en el nivel central
y regional en la definición y ajuste de la planificación institucional,
enmarcándola en el marco de las políticas y el Plan Nacional de Desarrollo
Agropecuario.
16. Apoyar la elaboración del presupuesto
institucional que diseña la Dirección Administrativa, acorde a los
requerimientos técnicos.
17. Asesorar la formulación y seguimiento
de los convenios que suscribe el MAG con organismos nacionales e
internacionales.
18. Coordinar, asesorar y apoyar a las
Divisiones de la institución, en los procesos de identificación, jerarquización
y formulación de los proyectos de inversión, preinversión y cooperación
internacional.
19. Mantener una estricta coordinación con
los Ministerios de Planificación Nacional y Política Económica, de Relaciones
Exteriores y Culto y con entes de cooperación internacional, bilateral y
multilateral.
20. Coordinar y participar en la
evaluación y seguimiento de los proyectos de cooperación internacional del MAG
y del Sector Agroproductivo y emitir las recomendaciones pertinentes.
21. Coordinar y efectuar las acciones
requeridas para la eficiente tramitación y ejecución de los proyectos de
cooperación internacional.