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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23780 >> Fecha 07/11/1994 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 23780 - Articulo 7
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Artículo 7

Artículo 7.

 

La Secretaría Ejecutiva de Planificación Sectorial Agropecuaria (Planificación Agropecuaria) tendrá las siguientes funciones:

1. Asesorar y apoyar al Ministro de Agricultura y Ganadería en materia de políticas y medidas relacionadas con el desarrollo de la agricultura nacional.

2. Coordinar las acciones de planificación para la prestación de los servicios de apoyo a la producción, comercialización y transformación de los productos agropecuarios.

3. Coordinar y elaborar el Plan Nacional de Desarrollo Agropecuario, con la colaboración de las distintas instituciones públicas relacionadas y en concentración con los productores y otros actores económicos y sociales.

4. Coordinar y difundir las políticas, planes, programas y proyectos con otras instituciones públicas y entes privados que tengan relación con el sector agroproductivo.

5. Orientar la elaboración de políticas, planes y programas del sector agroproductivo y coordinar su seguimiento y evaluación.

6. Asesorar en la toma de decisiones, que promuevan y orientan el proceso de modernización y transformación agroproductiva y en la inserción e integración al mercado regional e internacional.

7. Coordinar con otras instancias del MAG, instituciones públicas y el sector privado, la elaboración de propuestas relacionadas con el comercio internacional de bienes y servicios agropecuarios y sus derivados.

8. Coordinar la elaboración de planes y programas orientados a facilitar el apoyo a la producción agropecuaria nacional en función de los parámetros de competitividad exigidos por el comercio internacional.

9. Centralizar la información estadística sobre el sector agro pecuario y producir informes periódicos sobre la evolución de las principales variables e indicadores.

10. Establecer y operar un sistema institucional de seguimiento y evaluación, que fortalezca la capacidad de respuesta del MAG a las demandas de la agricultura nacional.

11. Administrar y suministrar la información estratégica requerida para la toma de decisiones en el Sector Agroproductivo.

12. Coordinar e inducir, en las instituciones públicas del sector, la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de planes estratégicos, bajo la aplicación de una metodología participativa y consensual.

13. Diseñar y coordinar la implementación de las metodologías, métodos e instrumentos de planificación gerencial en la ejecución de los distintos programas y proyectos, con el fin de incrementar sus niveles de eficiencia y eficacia.

14. Coordinar la identificación de los principales problemas del sector agroproductivo que requieran la ejecución de proyectos de desarrollo.

15. Coordinar y apoyar en el nivel central y regional en la definición y ajuste de la planificación institucional, enmarcándola en el marco de las políticas y el Plan Nacional de Desarrollo Agropecuario.

16. Apoyar la elaboración del presupuesto institucional que diseña la Dirección Administrativa, acorde a los requerimientos técnicos.

17. Asesorar la formulación y seguimiento de los convenios que suscribe el MAG con organismos nacionales e internacionales.

18. Coordinar, asesorar y apoyar a las Divisiones de la institución, en los procesos de identificación, jerarquización y formulación de los proyectos de inversión, preinversión y cooperación internacional.

19. Mantener una estricta coordinación con los Ministerios de Planificación Nacional y Política Económica, de Relaciones Exteriores y Culto y con entes de cooperación internacional, bilateral y multilateral.

20. Coordinar y participar en la evaluación y seguimiento de los proyectos de cooperación internacional del MAG y del Sector Agroproductivo y emitir las recomendaciones pertinentes.

21. Coordinar y efectuar las acciones requeridas para la eficiente tramitación y ejecución de los proyectos de cooperación internacional.


 

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