Artículo 9°—Atribuciones del Ministro-Director de OFIPLAN
Artículo 9°—Atribuciones del
Ministro-Director de OFIPLAN
a) Presentar al Comité Directivo
recomendaciones sobre las solicitudes de préstamo para preinversión,
acompañados de los respectivos informes técnicos preparados por la Secretaría
General.
b) Aprobar préstamos hasta por el equivalente
de US$ 60,000.00 sobre los cua
les informará posteriormente al Comité Directivo; cualquier recomendación
negativa deberá ser sometida al Comité Directivo para una decisión defi
nitiva.;
c) Firmar a nombre del Fondo los contratos de
préstamo con Beneficiarios, y de líneas de crédito con Instituciones Nacionales
Intermediarias.
d) Suspender desembolsos o cancelar contratos
de consultores cuando ello proceda de acuerdo con este Reglamento; y
e) Conocer y resolver las apelaciones y
pronunciamientos de la Secretaría General.
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