Artículo 10.—Funciones de la Secretaría
General
El Director de la División de Inversiones de
OFIPLAN se desempeñará como Secretario General del Fondo, contando para el
desarrollo de sus labores con el concurso, de su Departamento de Preinversión (“EL
DEPARTAMENTO”) como unidad ejecutora, con la asesoría técnica del plantel
profesional de OFIPLAN y con la gestión del P>anco Central de Costa Rica en
su carácter de Agente Financiero del Fondo.
Las funciones de la Secretaría General (“LA
SECRETARIA”) son:
a) Velar por la buena marcha del programa de
Preinversión;
b) Identificar y promover estudios de
preinversión de acuerdo con las prioridades establecidas en coordinación con
otras divisiones o unidades de OFIPLAN, agencias gubernamentales, entidades
autónomas, Instituciones Nacionales Intermediarias y el Sector Privado;
c) Asesorar a los posibles beneficiarios,
cuando sea necesario en la elaboración de solicitudes de préstamos de
preinversión, términos de referencia y listas de consultores;
el) Mantener contactos con beneficiarios
actuales y potenciales, con las Instituciones Nacionales Intermediarias y con
el Agente;
e) Recibir y estudiar las solicitudes de
préstamos y de líneas de crédito, para determinar su elegibilidad;
f) Integrar y vigilar los grupos de trabajo
que tendrán a su cargo el análisis de las solicitudes de préstamo o de líneas
de crédito. En la integración de estos grupos de trabajo se podrán incluir
técnicos especializados de cualquier división o unidad de OFIPLAN o de
cualquier institución pública o Ministerio. También se podrán contratar
servicios particulares de consultaría, cuando se estime que éstos son necesarios;
g) Preparar los informes sobre solicitudes de
préstamo y líneas de crédito, con todos los detalles necesarios para que sean
conocidos por el Ministro Director de OFIPLAN, el Comité Directivo y los
organismos nacionales o internacionales de financiamiento cuando corresponda;
h) Formular y negociar los contratos de
préstamo y de líneas de crédito;
i) Autorizar los desembolsos en los préstamos
directos y en las líneas de crédito;
j) Autorizar la ampliación de los plazos de
desembolso en préstamos directos y en líneas de crédito hasta por un período
adicional de un año; para períodos mayores se requerirá la autorización del
Comité Directivo;
k) Preparar y mantener actualizado un
registro de profesionales, firmas y entidades públicas y privadas nacionales,
extranjeras o mixtas, que actúan en el campo de la consultoría técnica y
económica en cualquiera de sus ramas o especialidades;
1) Evaluar los informes de progreso de los
consultores, incluyendo cualquier procedimiento que considere necesario sobre
el avance de los estudios;
m) Colaborar en la evaluación de los estudios
terminados;
n) Preparar informes periódicos sobre las
actividades del Fondo;
o) Mantener estrecha relación con el Agente;
p) Formular y proponer al Comité Directivo,
para su aprobación, el programa de presupuesto anual de operaciones del Fondo,
así como las modificaciones que sean necesarias;
q) Estudiar las necesidades de recursos del
Fondo y recomendar al Comité Directivo posibles fuentes de financiamiento
externo e interno;
r) Negociar préstamos internos y externos así
como los respectivos contratos;
s) Preparar las solicitudes de desembolso de
préstamos que se obtengan en instituciones de crédito nacionales e
internacionales; y
t) Cumplir cualquier tarea que le encomiende
el Comité Directivo en relación con la operación y administración del Fondo.