Artículo 4°—Fuente de los recursos del Fondo
Artículo 4°—Fuente de los recursos del Fondo
El Fondo contará para sus operaciones con los
recursos que a continuación se detallan:
a) Los que contrate el Gobierno de la
República con organismos nacionales o internacionales de financiamiento;
b) Los aportes que se destinen del
Presupuesto Nacional para ese efecto,
c) Las
recuperaciones
(amortización e intereses) provenientes de las operaciones propias del
Fondo; y
d)Cualquier otra clase de aportes,
reembolsables o no, inclusive legados y donaciones.
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