Artículo 8°—Funciones del Comité Directivo
Artículo 8°—Funciones del Comité Directivo
a) Dictar la política general del Fondo y sus
modificaciones.
b) Proponer modificaciones al Reglamento.
c) Aprobar el presupuesto de operación anual
del Fondo, así como las modificaciones al mismo, todo lo cual será preparado y
sometido a su consideración por la Secretaría General.
d) Revisar y aprobar los informes semestrales
y estados financieros del Fondo.
e) Decidir sobre el financiamiento de
estudios de preinversión, con base en el informe que sobre cada solicitud
preparará la Secretaría General.
f) Autorizar gestiones de financiamiento
interno y externo para fortalecer el Fondo.
g) Autorizar la designación y contrato con
cada Institución Nacional Intermediaria.
h) Conocer y resolver las apelaciones sobre
pronunciamientos del Ministro Director de OFIPLAN.
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