Artículo 6°—Para la identificación de problemas y la búsqueda de
soluciones en áreas específicas, la Comisión gestionará la in
Artículo 6°—Para la identificación de
problemas y la búsqueda de soluciones en áreas específicas, la Comisión
gestionará la integración de subcomisiones o grupos de trabajo, a los que les
encomendará labores definidas, para ser ejecutadas en plazos determinados.
Sobre los estudios y proposiciones que sometan a su conocimiento los grupos cíe
trabajo, la Comisión deberá pronunciarse en un plazo no mayor de treinta días.
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