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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 16577 >> Fecha 02/10/1985 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 16577 - Articulo 2
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Artículo 2    (No vigente*)
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Artículo 2°-Los objetivos de la Comisión Consultiva, serán:

Artículo 2°-Los objetivos de la Comisión Consultiva, serán:

 

1) Asesorar al Ministro-Rector del Sector en políticas y estrategias de desarrollo industrial así como en la identificación, preparación, ejecución y evaluación de proyectos referentes a la Rama Industrial Me­talmecánica.

2) Participar en acciones, proyectos, investigaciones y otros a realizar por las instituciones de los sectores privado y público, y que competen a la Rama Industrial Metalmecánica con el fin de que se haga un uso racional de los recursos disponibles.

3) Apoyar ante quien corresponda, la asignación necesaria de los recursos para el desarrollo y fortalecimiento de programas en la Rama Industrial Metalmecánica.

4) Realizar cualesquiera otras actividades sugeridas por el señor Ministro y que a juicio de la Comisión Consultiva fueren necesarias para el cumplimiento de estos objetivos.

 


 

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