Artículo 33
Artículo 33.-Corresponderá a la Comisión
Consultiva Subsectorial:
a) Dar consejo y apoyo al Ministro Rector
en la política de acción del Subsector respectivo.
b) Valorar las políticas y acciones del
Subsector, exponer inquietudes y recomendar al Ministro Rector lo pertinente.
c) Sesionar conjuntamente con el Consejo
Subsectorial cuando el Ministro Rector lo considere oportuno.
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