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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 21351 >> Fecha 03/06/1992 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 21351 - Articulo 4
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CAPITULO SEGUNDO

CAPITULO SEGUNDO

 

De los objetivos y funciones del Sector

Recursos Naturales, Energía y Minas

 

Artículo 4°-Se definen para el Sector Recursos Naturales, Energía y Minas los siguientes objetivos y funciones:

 

Objetivos: Serán objetivos del Sector Recursos Naturales, Energía y Minas:

 

a) Mejorar el nivel de vida del costarricense y contribuir a mejorar la economía nacional, procurando la conservación de las áreas silvestres protegidas y el desarrollo sostenible de los recursos naturales.

b) Reducir la dependencia del país de los energéticos importados y mantener un programa de ahorro de energía que no obstaculice el crecimiento de la economía;

c) Incentivar la exploración y aprovechamiento racional de nuestras riquezas na­turales, especialmente de aquellos recursos minerales, forestales y energéticos que puedan contribuir a fortalecer nuestra economía.

 

Funciones: serán funciones del Sector Recursos Naturales, Energía y Minas:

 

a) Impulsar el ordenamiento de las tierras de aptitud forestal, y fomentar la aplicación de tecnología para el uso sostenible del suelo.

b) Promover e implementar un adecuado desarrollo y aprovechamiento racional de los recursos naturales, así como velar por su conservación y el mejoramiento de la calidad ambiental.

c) Participar en el desarrollo sostenible de los recursos naturales en las cuentas hidrográficas.

ch) Realizar los estudios y las negociaciones necesarias para promover el desarrollo de industrias electrointensivas y electrificación del transporte.

d) Estimular la evaluación y el desarrollo de las fuentes energéticas nacionales.

e) Establecer una política de precios de los energéticos, acorde con las prioridades que exige el desarrollo socioeconómico futuro.

f) Acelerar las investigaciones sobre los recursos minerales de posible explotación.

g) Sistematizar la reglamentación y vigencia del Código Minero, con el propósito de regular el desarrollo del potencial minero actual y futuro, los diferentes tipos de exploración y explotación de yacimientos, las distintas tecnologías a aplicar en el procesamiento de los minerales, la comercialización de los minerales de acuerdo con el mercado actual y futuro, el grado de conocimientos geológicos y mineralógicos del país, así como el sistema tributario asociado a la actividad.

h) Fortalecer las instituciones contraloras y promotoras de las explotaciones mineras, para que éstas contribuyan con mayor intensidad a la balanza de pagos, evitando la salida ilegal del oro y otros metales preciosos del país.

i) Estimular la explotación de las zonas auríferas del país, minimizando el impacto ambiental de la misma.


 

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