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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 21351 >> Fecha 03/06/1992 >> Articulo 56
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Normativa - Decreto Ejecutivo 21351 - Articulo 56
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Artículo 56    (No vigente*)
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Artículo 56

Artículo 56.-La Secretaría de Planificación Subsectorial de Minas dispondrá para el cumplimiento de sus funciones de:

 

a) Las partidas contenidas en los presupuestos ordinarios y extraordinarios del Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas.

b) El apoyo que las instituciones del Subsector acuerden para tal efecto.

c) Los recursos provenientes de organismos nacionales e internacionales aplicables al área de Minas.

ch) El personal técnico, administrativo y de apoyo facilitado por las instituciones integrantes del Subsector de Minas, cuya colaboración se requiere de conformidad con las disposiciones legales y convenios vigentes.

 


 

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