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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 5503 >> Fecha 28/11/1975 >> Articulo 3
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<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 5503 - Articulo 3
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Artículo 3    (No vigente*)
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Artículo 3°—Las atribuciones de esta Comisión serán:

Artículo 3°—Las atribuciones de esta Comisión serán:

 

a) Coordinar los programas que para la obtención de datos hidrológicos y meteorológicos lleven a cabo los organismos del Estado;

b) Representar al país ante organismos de carácter internacional y regional, que persigan los mismos fines de este Comité;

c) Representar al país ante organismos internacionales que financien pro­yectos de instalaciones de redes para la recolección de datos hidrológicos y meteorológicos y de evaluación de recursos hidráulicos, siempre que las mismas sean de tal naturaleza que involucren intereses de varias depen­dencias del Estado, a juicio de los organismos financieros;

d) Asignar prioridad al recomendar programas a los diferentes organismos que deban intervenir en la ejecución de planes de ayuda, de carácter inter­nacional, en el campo específico de la Hidrología y Meteorología;

e) Sugerir medidas para el mejoramiento de los aspectos administrativos y técnicos de los diferentes organismos que intervienen en el estudio y ma­nejo de nuestros recursos hidráulicos, . ajustándolos, en lo posible, a las normas internacionales aceptadas por nuestro país;

f) Coordinar las actividades del Programa Hidrológico Internacional y de otros programas internacionales, a nivel nacional, regional e internacional;

g) Promover la investigación de sistemas hidrológicos únicos o críticos, en determinados medios geológicos, geográficos, topográficos y climatológi­cos especialmente seleccionados;

h) Promover la investigación de problemas hidrológicos concretos cuya ur­gencia y naturaleza especial requieren un considerable esfuerzo nacional, regional e internacional;

i) Fomentar la enseñanza y formación profesional de hidrología, meteoro­logía y disciplinas conexas; y

j) Promover la publicación de datos e informes en los campos de interés y el intercambio sistemático de datos con organismos similares a nivel re­gional e internacional.


 

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