Artículo 5°—La Oficina de Planificación Nacional y Política Económica de
la Presidencia de la República será la encargada de c
Artículo 5°—La Oficina de Planificación
Nacional y Política Económica de la Presidencia de la República será la
encargada de coordinar la formación de este Comité con base en este decreto,
mediante los procedimientos que juzgue del
caso.
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