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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20581 >> Fecha 19/06/1991 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20581 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15

Artículo 15.-La solicitud ante el Consejo Nacional de Financiamiento Externo deberá cumplir con los siguientes requisitos:

 

a) Constancia de la autorización para el inicio de trámites y, en su caso, de la aprobación del proyecto de inversión por parte de MIDEPLAN.

b) Breve descripción del proyecto, su costo y condiciones del financiamiento.

c) Fundamento legal.

ch) Cuando se trate de entidades públicas descentralizadas o entidades privadas, estados financieros de los últimos tres años. Y documentación que demuestre la capacidad financiera de la institución, para asumir las obligaciones derivadas del contrato de préstamo.

d) Cualquier otra información que el Consejo requiera.

 


 

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