Artículo 7°-La Oficina Ejecutora será dirigida por el titular de la
Unidad Ejecutora del Programa PL-480 del Ministerio de Pla
Artículo 7°-La Oficina Ejecutora será
dirigida por el titular de la Unidad Ejecutora del Programa PL-480 del
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica o su designado.
Asimismo, en caso de necesidad, la Oficina
Ejecutora podrá contar con recursos adicionales para el cumplimiento de sus
funciones; que serán aportados por la Oficina de Cooperación Española.
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