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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 7945 >> Fecha 05/01/1978 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 7945 - Articulo 9
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Artículo 9    (No vigente*)
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Artículo 9°-Las funciones de la Asamblea General son:

Artículo 9°-Las funciones de la Asamblea General son:

 

a) Aprobar y recomendar las políticas de desarrollo que servirán de base a la planificación de la Región.

b) Promover la elaboración de planes integrales de desarrollo, aprobarlos e impulsar su ejecución.

c) Proponer los mecanismos de coordinación e integración entre las municipalidades y las instituciones para la ejecución de planes, programas y proyectos.

d) Promover la evaluación sistemática de los planes, programas y proyectos ejecutados en la Región.

e) Promover la divulgación de los planes regionales conjuntamente con la Oficina de Planificación Nacional y Política Económica.

f) Promover la acción de las organizaciones de base de la región.

g) Aprobar, desaprobar o modificar el programa de trabajo del Consejo presentado por la Junta Directiva.

h) Nombrar los miembros de la Junta Directiva, conforme lo estipulado en el presente Reglamento.

i) Gestionar, previa comprobación, ante las instituciones y entidades, el cambio de aquellos funcionarios o representantes que no cumplan con sus responsabilidades dentro del Consejo Regional, o que falte tres veces consecutivas a sesiones injustificadamente.

 


 

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