BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
BANCO CRÉDITO
AGRÍCOLA DE CARTAGO
(Este Reglamento fue Derogado por
el artículo N° 27 del Reglamento del Sistema de Archivos del Banco, aprobado
en sesión N° 8249 del 30 de junio del 2009).
REGLAMENTO DEL
ARCHIVO INSTITUCIONAL
DEL BANCO CRÉDITO
AGRÍCOLA
DE CARTAGO
La Junta Directiva
General en sesión Nº 8037-07, artículo 14, realizada el 22 de mayo del 2007,
acordó aprobar el Reglamento del Archivo Institucional del Banco Crédito
Agrícola de Cartago, en los siguientes términos:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—El presente
Reglamento se dicta de conformidad con el artículo 41 de la Ley Nº 7202 del Sistema de
Archivo Nacional y su Reglamento, y regula el funcionamiento del Sistema de
Archivo de Bancrédito, el cual estará conformado por: el Archivo Institucional,
archivos de gestión de las diferentes unidades administrativas del Banco,
archivos de Centros de Negocios y Puntos Comerciales y el Comité Institucional
de Selección y Eliminación de Documentos, así como el artículo 34, inciso 3) de
la Ley Orgánica
del Sistema Bancario Nacional. El Archivo Institucional será el rector del
Sistema. En este Reglamento, el término “Archivo” es comprensivo de todos los
componentes del Sistema de Archivo de Bancrédito.
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