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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 8432 >> Fecha 18/04/1978 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 8432 - Articulo 20
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Artículo 20    (No vigente*)
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Artículo 20

Artículo 20.-Son funciones de la Secretaría Ejecutiva:

 

a) Establecer el nexo entre los organismos del Sistema Nacional de Planificación, la actividad planificadora regional y el Consejo.

b) Apoyar técnicamente al Consejo, presentando opciones para la solución de los problemas de la Región.

c) Ejecutar los cometidos que le encargue !a Asamblea General, bajo la orientación de la Junta Directiva.

d) Buscar la coordinación de las instituciones públicas que actúan en el área de jurisdicción del Consejo, siempre en función de los planes de desarrollo aprobados.

e) Asesorar técnicamente a las Comisiones de Trabajo, y

i) Realizar las demás actividades técnicas que le encomienden la Asamblea General y OFIPLAN.

 


 

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