Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14628 >> Fecha 16/06/1983 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 14628 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1
N° 14628-S

N° 14628-S

 

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE SALUD,

 

 

En uso de las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 258 y 260 aparte primero de la Ley General de Salud, así como el artículo 45 de la ley N° 10 de 7 de octubre

de 1936, Ley sobre Venta de Licores, reformada por Ley N° 5489 de 6 de marzo de 1974.

 

 

DECRETAN:

 

 

ARTÍCULO 1°.-Refórmase el artículo 12 del decreto N° 4048-SPPS de 26 de agosto de 1974 para que en lo sucesivo se lea así:

 

“ARTÍCULO 12.-Habrá  un Consejo Asesor de Propaganda integrado Por 3 miembros con especialidad, uno en Psicología, otro en Publicidad y el tercero en Derecho, quienes deben ser necesariamente funcionarios del INSA y serán de libre nombramiento de la Junta Directiva del Instituto. Dichos miembros durarán en sus cargos 2 años, pudiendo ser reelectos, pero cesarán en sus cargos en cualquier tiempo, cuando dejen de ser funcionarios del INSA”.


 

Ir al inicio de los resultados