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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 4048 >> Fecha 26/08/1974 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 4048 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15

Artículo 15.—Quedan sujetas a las estipulaciones de este Reglamento las empresas de prensa, radio, cine y televisión y en general todas aquellas que exploten algún medio de comunicación individual o colectiva, las que serán solidariamente responsables de las infracciones que se cometan al presente Reglamento.


 

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