DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION Y PROGRAMACION
Artículo 23.-El Departamento de
Planificación y Programación, tiene las siguientes funciones:
En materia de
programación:
a) Ocuparse de todo lo relativo a la
programación de las políticas del Ministerio, bajo la línea señalada por el
Ministro;
b) Planificar los proyectos de carácter
técnico elaborados por las dependencias del Ministerio;
c) Formular propuestas e informes a las
autoridades superiores y a todos los organismos del Ministerio;
d) Mantener el adecuado enlace con los
organismos similares de los demás Ministerios, las instituciones autónomas o
semiautónomas y genéricamente con todas aquellas personas y entidades
relacionadas con la política social;
e) Examinar, analizar y formular
recomendaciones y proyectos de programas relativos a la política social, al
rendimiento y al volumen de las actividades del Ministerio;
f) Integrar los proyectos preparados por
todas las dependencias, elaborar el programa general del Ministerio y evaluar
su ejecución; y
g) Atender los asuntos de carácter técnico
que no sean competencia específica de las otras asesorías o dependencias del
Ministerio.
En materia de
preparación del Presupuesto:
a) Asesorar a las dependencias del
Ministerio en la determinación de las prioridades, los costos y las metas
mediatas o inmediatas de los programas de inversiones;
b) Transmitir y vigilar el cumplimiento de
las instrucciones sobre programación y dar curso a los formularios remitidos
para la preparación de los gastos estimados;
c) Dirigir la elaboración y consolidar el
anteproyecto de presupuesto - programa del Ministerio; y
d) Preparar el pliego de justificaciones o
informes generales que deben ser remitidos junto con el anteproyecto de
presupuesto.
En materia de organización
y métodos:
a) Realizar estudios de la organización,
métodos y procedimientos, con el fin de proponer mejoras en la organización
administrativa del Ministerio y asesorar a las dependencias en la implantación
de las mismas;
b) Estudiar y proponer todas las medidas
destinadas a la racionalización, mejora y perfeccionamiento de los. servicios y
funciones del Ministerio, atendiendo en primer lugar a la relación de
eficiencia, costo y rendimiento;
c) Recibir, estudiar y comentar las
iniciativas de los funcionarios y empleados del Ministerio y del público en
general, particularmente de los empleadores y trabajadores, en materias relativas
al mejoramiento de estructura y funcionamiento de todas las dependencias; y
d) Desarrollar programas para racionalizar
el número y calidad de los archivos, formularios, informes e instrucciones
escritas.