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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1508 >> Fecha 16/02/1971 >> Articulo 63
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1508 - Articulo 63
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Artículo 63
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DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES GENERALES Y EMERGENCIAS

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES GENERALES Y EMERGENCIAS

 

Artículo 63.-El Departamento de Servicios Generales y Emergencias divide sus funciones en los siguientes Servicios Técnicos:

 

-Servicio Social de Ancianos.

- Servicio Social en Emergencias y Riesgos Naturales.

- Servicio Social Especial Médico-Psicológico para Adultos.

 

Este Departamento tiene entre otras las siguientes funciones principales:

 

a) Programar las actividades de servicio social a los ancianos;

b) Asesorar en materia de protección social de la vejez a todas aquellas personas mayores que no estén protegidas por las leyes laborales o de seguridad social y que se encuentran en situación de desamparo;

c) Remitir a las instituciones públicas y privadas a los ancianos que requieran atención;

d) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales en materia de ancianidad y protección a la vejez;

e) Cooperar en todas las situaciones en que surjan problemas por situaciones de emergencia o calamidad pública, como inundaciones, incendios, erupciones volcánicas y otros hechos de esta naturaleza;

f) Presentar programas para las soluciones de emergencias que se presenten en el país con motivo de siniestros;

g) Dar asistencia médico-psicológica de urgencia en los casos especiales que el servicio social lo requiera;

h) Cuidar de la sanidad ambiental en los lugares donde se encuentran instaladas instituciones de bienestar social en coordinación con el Ministerio de Salubridad Pública;

i) Dar normas sobre nutrición e higiene alimenticia en todos los programas de acción social que lleve a cabo, de acuerdo con el Ministerio de Salubridad Pública;

j) Proporcionar orientación a las personas que deban acudir a otras instituciones del Estado para el cuidado de su salud; y

k) Asistir a las personas que sean casos de la Dirección Nacional de Bienestar Social en aspectos psíquicos o anímicos que sean necesarios para aliviar los problemas sociales.


 

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