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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1508 >> Fecha 16/02/1971 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1508 - Articulo 32
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Artículo 32
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Artículo 32

Artículo 32.-Para el cumplimiento adecuado de las funciones, la Dirección General Técnica distribuye sus funciones entre:

 

-La Dirección Nacional de Trabajo.

-La Dirección Nacional de Inspección de Trabajo.

-La Dirección Nacional de Bienestar Social.

-La Dirección Nacional de Seguridad Social.


 

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