Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1508 >> Fecha 16/02/1971 >> Articulo 62
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 62     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 1508 - Articulo 62
Ir al final de los resultados
Artículo 62
Versión del artículo: 1  de 1
DEPARTAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DE MENORES

DEPARTAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DE MENORES

 

Artículo 62.-El Departamento de Menores distribuye sus funciones en los siguientes Servicios Técnicos:

 

-Servicio de Bienestar de Menores.

- Servicio de Menores de Situación Irregular.

- Servicio Social de Menores de Conducta Irregular.

 

Este Departamento tiene las siguientes funciones principales:

 

a) Programar las actividades en materia de bienestar de menores;

b) Canalizar y coordinar toda iniciativa gubernamental y privada de asistencia social en favor de los menores trabajadores;

c) Proteger a los menores abandonados, huérfanos e indigentes, procurando su colocación dentro de ambientes familiares o, en último caso, en instituciones especializadas, por medio del Departamento de Instituciones y Acción Social;

d) Combatir el abandono la mendicidad y la prostitución de los menores;

e) Cooperar con las instituciones respectivas en todos los problemas de menores de conducta irregular y dar les el máximo auxilio denunciando ante ellas todo hecho de abandono moral y material;

f) Asistir a los menores por medio del servicio social de "Caso" y de "Grupo", según las necesidades técnicas;

g) Remitir al Patronato Nacional de la Infancia aquellos casos en que de acuerdo con el estudio social se detecte que el menor debe darse en adopción;

h) Enviar a las autoridades competentes aquellos casos que necesiten alimentos, sean menores o dependientes;

i) Desempeñar otras funciones de bienestar social en favor de los menores;

j) Organizar, dirigir y controlar la programación y desarrollo de todo lo relativo al bienestar infantil, tales como parques, bibliotecas, jardines infantiles y otros centros de recreación general para menores; y

k) Organizar, dirigir y controlar el bienestar de menores ya sea por comedores infantiles, guarderías, salas cuna y otros centros de asistencia social abierta destinada a los menores.


 

Ir al inicio de los resultados