Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1508 >> Fecha 16/02/1971 >> Articulo 72
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 72     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 1508 - Articulo 72
Ir al final de los resultados
Artículo 72
Versión del artículo: 1  de 1
DEPARTAMENTO DE PREVISION SOCIAL

DEPARTAMENTO DE PREVISION SOCIAL

 

Artículo 72.-El Departamento de Previsión Social, divide sus funciono en los siguientes Servicios Técnicos:

 

- Servicio de Asistencia y Fomento Social a Trabajadores.

- Servicio de Rehabilitación de Trabajadores.

 

Tiene especialmente, entre otras, las siguientes funciones:

 

a) Elaborar y desarrollar programas a corto y largo plazo para el fomento social de los trabajadores;

b) Emitir informes y propuestas para tramitar créditos con destino al fomento y promoción social de los trabajadores;

c) Participar en todos los proyectos sociales destinados a los trabajadores.

d) Estimular los organismos de trabajadores destinados a la promoción social.

e) Promover centros sociales destinados a los trabajadores y sus familiares para estudiar la situación del medio social, sus fenómenos sociales, ero nómicos y culturales, así como preparar la opinión pública para que acoja favorablemente los programas de promoción social;

f) Estimular toda acción pública destinada a conseguir el bienestar de los trabajadores y sus familias;

g) Estudiar, proyectar y presentar programas al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para que desarrolle un "Régimen de Vivienda Popular" destinado a los trabajadores de bajos ingresos y con altas cargas familiares, para que de esta manera los programas de alojamiento del sector laboral sean de carácter y función social y que las tasas de amortizaciones e intereses estén de acuerdo a la capacidad de pago de los mismos;

h) Realizar estudios y elaborar proposiciones para que el Ministro las considere y, en caso de estimarlas pertinentes, las trasmita a los organismos encargados de aplicar la Política de Seguridad Social en el país;

i) Asesorar, en cuanto a la adopción de la política del Gobierno en materia de rehabilitación de trabajadores que hayan sufrido algún riesgo profesional y estén inhabilitados para volver a desempeñar sus actividades usuales;

j) Proponer la legislación adecuada para la rehabilitación de los adultos y menores, física y mentalmente disminuidos, tratando de conseguir su transformación física, moral y espiritual, mediante una formación y educación especial;

k) Propulsar la formación profesional de costarricenses para que se hagan cargo de los programas de rehabilitación;

l) Coordinar el trabajo de rehabilitación que cumplen las instituciones públicas y privadas;

m) Conseguir facilidades para la importación de equipo y materiales destinados a la rehabilitación;

n) Desarrollar campañas de propaganda por todos los medios posibles a fin de formar conciencia nacional en materia de rehabilitación;

ñ) Colaborar con el Departamento de Medicina, Higiene y Seguridad Ocupacionales en la reglamentación de las condiciones de iluminación e higiene en las empresas;

o) Llevar un control de los juguetes en venta, con el fin de prohibir los que sean peligrosos a la integridad física de los menores;

p) Ejecutar las demás tareas que le señalen las disposiciones legales o el Jefe del Departamento;

q) Ejecutar lo necesario para los programas de previsión social destinados a los trabajadores, así como realizar las investigaciones que sean precisas para prevenir que los trabajadores tengan problemas futuros;

r) Realizar y cooperar todo lo que sea necesario para proteger la salud de los trabajadores del país, la continuidad de los medios de subsistencia, la aplicación de medidas adecuadas para la rehabilitación de las personas inutilizadas y la concesión de los medios para el mejoramiento de las condiciones de vida de los grupos familiares que sean dependientes de un empleador; y

s) Proponer a la Caja Costarricense de Seguro Social estudios relativos a las prestaciones del seguro social, las asignaciones familiares y otras cuestiones similares que estén orientadas a proteger a los sectores laborales.


 

Ir al inicio de los resultados