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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1508 >> Fecha 16/02/1971 >> Articulo 83
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1508 - Articulo 83
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Artículo 83
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TITULO X

TITULO X

 

De las Disposiciones Finales

 

CAPITULO PRIMERO

 

De los Trámites

 

Artículo 83.-Los trámites y gestiones ante el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, en todas y cada una de sus dependencias, pueden hacerse en forma escrita o verbal; sin embargo, cuando una gestión sea verbal, el funcionamiento o empleado que la reciba la convertirá en escrita y dará toda clase de facilidades al solicitante.

 


 

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