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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1508 >> Fecha 16/02/1971 >> Articulo 93
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1508 - Articulo 93
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Artículo 93
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Artículo 93

Artículo 93.-No pueden delegarse las funciones o atribuciones que se ejercen, a su vez, en virtud de delegación.

 


 

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