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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25378 >> Fecha 09/07/1996 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25378 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3°-De la clasificación de los vehículos

Artículo 3°-De la clasificación de los vehículos. Para efectos del presente Reglamento, los vehículos de MIDEPLAN serán utilizados bajo la siguiente clasificación: a) De Uso Discrecional (UD), exclusivamente aquellos destinados al servicio personal del Ministro y del Viceministro; y b) De Uso Administrativo General (UAG), todos los demás vehículos, con inclusión de los administrados a través de la DEP.

 


 

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