Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25378 >> Fecha 09/07/1996 >> Articulo 7
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 7     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 25378 - Articulo 7
Ir al final de los resultados
Artículo 7
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 7°-Solicitudes de uso

Artículo 7°-Solicitudes de uso. Cada funcionario de MIDEPLAN que requiera servicios de transporte deberá presentar verbalmente la solicitud respectiva ante las Unidades Administrativas de MIDEPLAN o de la DEP, según corresponda. La respectiva Unidad Administrativa determinará la viabilidad de acceder a la solicitud presentada, en conformidad con la disponibilidad de vehículos UAG y la prioridad de la gestión oficial para la cual se requiere los servicios de transporte. Las solicitudes para utilizar vehículos UAG destinados a giras en el territorio nacional deberán presentarse con dos días de anticipación a la realización de la gira, salvo casos de emergencia. Estas solicitudes deben acompañarse de un itinerario y de la autorización expresa extendida por el Oficial Mayor o por el Director Ejecutor de Proyectos, según corresponda.

 


 

Ir al inicio de los resultados