Artículo 8º—Una vez recibida la solicitud de Registro junto con la
documentación respectiva, el funcionario del Programa tendr
Artículo 8°—De los costos de inscripción
al registro del Programa Nacional de Material Vegetal Propagativo. Serán
cancelados previo a la entrega de la resolución de aprobación. El costo
del servicio de inscripción al registro del Programa Nacional de Material
Vegetal Propagativo será de conformidad con el Decreto Ejecutivo N°
27763-MAG vigente. “Fijación de tarifas de los servicios del Ministerio
de Agricultura y Ganadería.
(Así reformado por el artículo
1° del decreto ejecutivo N° 42167 del
29 de octubre de 2019)
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