Nº 34068
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En uso de las atribuciones que
les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución
Política, Estatuto de Servicio Civil y sus Reglamentos:
Considerando:
Que mediante Decreto Ejecutivo Nº
26528-MP de 28 de noviembre de 1997, se emitió el Reglamento Autónomo de
Servicio de este Tribunal Administrativo.
Que el Reglamento Autónomo de
Servicio del Tribunal de Servicio Civil no responde a las exigencias y
expectativas que una relación de servicio público demanda, en su propósito de
ser objetiva, razonable, legal, ágil y eficiente.
Que para atender eficazmente una
relación de servicio que responda a las necesidades y exigencias mencionadas,
el Tribunal de Servicio Civil requiere de un Reglamento Autónomo de Servicio
actualizado, suficiente y necesario para regular, de esa forma, las relaciones
con sus servidores.
Que la Asesoría Jurídica
de la
Dirección General de Servido Civil, mediante oficio
AJ-426-2007 del 25 de julio del 2007, ha otorgado el visto bueno a esta
normativa de conformidad con lo que dispone el inciso i) del artículo 13 del
Estatuto de Servicio Civil. Por tanto,
DECRETAN:
El siguiente,
Reglamento
Autónomo de Servicio del
Tribunal de
Servicio Civil
CAPÍTULO I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Se establece el
presente Reglamento Autónomo de Servicio, que en adelante se denominará
“Reglamento”, para normar las relaciones de servicio entre el Tribunal de
Servicio Civil y sus servidores, en todos aquellos aspectos de orden interno no
previstos en el Estatuto de Servicio Civil, su Reglamento, la Ley General de la Administración
Pública, el Código de Trabajo y demás leyes supletorias o
conexas.