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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34068 >> Fecha 23/08/2007 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34068 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 34068

Nº 34068

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

 

En uso de las atribuciones que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política, Estatuto de Servicio Civil y sus Reglamentos:

 

Considerando:

 

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 26528-MP de 28 de noviembre de 1997, se emitió el Reglamento Autónomo de Servicio de este Tribunal Administrativo.

Que el Reglamento Autónomo de Servicio del Tribunal de Servicio Civil no responde a las exigencias y expectativas que una relación de servicio público demanda, en su propósito de ser objetiva, razonable, legal, ágil y eficiente.

Que para atender eficazmente una relación de servicio que responda a las necesidades y exigencias mencionadas, el Tribunal de Servicio Civil requiere de un Reglamento Autónomo de Servicio actualizado, suficiente y necesario para regular, de esa forma, las relaciones con sus servidores.

Que la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Servido Civil, mediante oficio AJ-426-2007 del 25 de julio del 2007, ha otorgado el visto bueno a esta normativa de conformidad con lo que dispone el inciso i) del artículo 13 del Estatuto de Servicio Civil. Por tanto,

 

DECRETAN:

 

El siguiente,

 

Reglamento Autónomo de Servicio del

Tribunal de Servicio Civil

 

CAPÍTULO I

 

Disposiciones generales

 

Artículo 1º—Se establece el presente Reglamento Autónomo de Servicio, que en adelante se denominará “Reglamento”, para normar las relaciones de servicio entre el Tribunal de Servicio Civil y sus servidores, en todos aquellos aspectos de orden interno no previstos en el Estatuto de Servicio Civil, su Reglamento, la Ley General de la Administración Pública, el Código de Trabajo y demás leyes supletorias o conexas.


 

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