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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 16899 >> Fecha 16/12/1985 >> Articulo 39
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Normativa - Decreto Ejecutivo 16899 - Articulo 39
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Artículo 39
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Artículo 39

Artículo 39.-Para lograr una buena manufactura de los alimentos se recomiendan las siguientes previsiones mínimas para el equipo:

 

a) Debe mantenerse limpio y ordenado.

b) Debe ser adecuado para su propósito.

c) No debe tener superficies que .afecten los componentes de los alimentos.

d) Deben ser razonablemente fáciles de ajustar, limpiar y mantener.

 


 

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