Artículo 4º—Cualquier medida técnica que se ordene, debe estar
debidamente sustentada y cumplirse, según sea el caso, con el d
Artículo 4º—Cualquier medida
técnica que se ordene, debe estar debidamente sustentada y cumplirse, según sea
el caso, con el debido proceso establecido en la Ley General de la
Administración Pública, o en los procedimientos contemplados en los artículos
80 y 81 de la Ley de Protección Fitosanitaria.
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