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 Normativa >> Ley 3481 >> Fecha 13/01/1965 >> Articulo 23
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Normativa - Ley 3481 - Articulo 23
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Artículo 23
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23

Artículo 23.- Corresponde al Oficial Mayor:

a) Coordinar administrativamente los diferentes departamentos y

servicios del Ministerio y velar por su correcto funcionamiento;

b) Suministrar por medio de la Oficina de Relaciones Públicas, amplia

y correcta información sobre la actividad que se desarrolla en el

Ministerio, sin perjuicio de las demás fuentes informativas que garantiza

la Constitución Política;

c) Autorizar el uso de los diferentes medios de transporte del

Ministerio, de acuerdo con la reglamentación respectiva;

ch) Autorizar, junto con el Director del Departamento Financiero, los

pedidos y suministros de material didáctico, papelería, equipo y

cualesquiera otros artículos de la Proveeduría;

d) Firmar, junto con el Director del Departamento, las acciones del

personal, tanto docente como administrativo;

e) Dar trámite a la correspondencia oficial y documentos particulares

y vigilar que dicho trámite se cumpla dentro de los plazos legales;

f) Velar porque se aplique el reglamento interior de trabajo del

Ministerio y dar cuenta al Departamento de Personal, por escrito, de las

irregularidades o incumplimientos de deberes de los servidores;

g) Dictar las disposiciones por las cuales han de regirse los

empleados subalternos del Ministerio, que no se encuentren previstas en el

reglamento interior de trabajo, y proponer los cambios necesarios para el

mejor servicio;

h) Ordenar la elaboración del inventario de las oficinas del

Ministerio conforme lo dispongan los respectivos reglamentos;

i) Proponer al Ministro proyectos de mejoramiento de los servicios e

informarle sobre su desarrollo;

j) Coordinar en asocio de los demás Oficiales Mayores las labores

interministeriales;

k) Ordenar el trámite correspondiente para atender las solicitudes

que formule la Oficina de Planeamiento de la Educación en relación con

materiales, informaciones y facilidades que pueda necesitar de las

distintas dependencias del Ministerio;

l) Presentar la Memoria Anual de Labores; y

m) Todo lo demás que le asignen las leyes y los reglamentos.

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