Artículo 2º—Definiciones y abreviaciones. Para los
efectos del presente reglamento se utilizan las siguientes definiciones y
abreviaciones cuando sea posible:
a. Beneficiado
(minero o beneficio de materiales): Proceso industrial, de tipo mecánico o
químico tendiente a mejorar física o químicamente el material mineral a fin de
darle un valor económico minero y adecuarlo a determinado sector de mercado o a
subsecuentes procesos de tratamiento para la generación de productos
industriales de interés comercial.
b. Escombros:
Se entenderá únicamente para el alcance de este reglamento al conjunto de
desechos que se producen como consecuencia de los movimientos de tierra en un
espacio geográfico dado y que no tienen un valor económico minero como fuente
de materia prima para la generación de productos mineros metálicos o no
metálicos.
c. Material
mineral: material natural, compuesto de uno o más minerales, proveniente de las
rocas que conforman la corteza terrestre o en su defecto por sus productos de
alteración debido a procesos de transformación química por meteorización u
otros fenómenos de origen geológico.
d. Movimiento
de tierras: corresponde al conjunto de acciones que se realiza para modificar
de forma temporal o permanente la topografía de un espacio geográfico dado, por
medios mecánicos o manuales, en el que se movilizan capas de suelo y en
determinados casos del subsuelo superior. Como producto de la actividad se
generan materiales diversos del movimiento de tierras, que incluye materiales
minerales, suelo y ocasionalmente material vegetal. La actividad del movimiento
de tierras puede corresponder a una de las primeras fases del proceso
constructivo o en su defecto a una actividad aislada a fin de conformar
topográficamente un terreno para su posterior desarrollo. Los movimientos de
tierra relacionados con la actividad de la preparación del suelo para el
desarrollo de actividades agrícolas y agropecuarias no forman parte de estas
actividades.
e. Suelo:
medio geobiofísico natural o artificial que forma la parte más superior de la
superficie terrestre, donde se arraigan las plantas. Se origina por la
alteración o meteorización de las rocas del subsuelo, o bien por el acúmulo de
material transportado desde algún otro lugar. Su espesor puede variar desde
pocos centímetros hasta muchos metros. Su característica física principal y
distintiva es que sus componentes, donde los minerales arcillosos resultan los
más conspicuos, pueden ser separados por acciones mecánicas simples y ligeras
(deleznar con la mano, inmersión en el agua y agitación, etc.). Puede
comprender varias capas (humus, A, B, C), donde la capa inferior comprende
fragmentos de roca sana rodeados de material de alteración (arcillas y otros
componentes minerales).
f. Subsuelo:
roca firme o formación rocosa no consolidada en estado sano, no alterado, que
pueden estar localizadas por debajo del suelo, o bien estar expuestas
directamente en la superficie y dentro de las cuales no se dan los procesos
biofísicos necesarios para sostener la vida micro y microscópicamente como en
el suelo. En el caso de rocas propiamente dichas, se distinguen porque sus
agregados minerales están ligados entre si por fuerzas de cohesión fuertes y
permanentes, que solo pueden ser vencidas por acciones mecánicas importantes
(martillos, maquinaria, explosivos y otros similares).