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 Normativa >> Ley 3670 >> Fecha 22/03/1966 >> Articulo 13
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Normativa - Ley 3670 - Articulo 13
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Artículo 13    (No vigente*)
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    Artículo 13.- Para la inscripción en el Registro de Propiedad Horizontal de la escritura de compra-venta de un piso, apartamento o local, separadamente de las demás partes del edificio, es indispensable que se haya inscrito previamente la escritura constitutiva.

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