Artículo 2º—La venta de plaguicidas que contengan paraquat solo podrá
autorizarse bajo receta profesional expedida en los form
Artículo 2º—La venta de plaguicidas que contengan paraquat solo podrá
autorizarse bajo receta profesional expedida en los formularios oficialmente
aprobados por un profesional incorporado al Colegio de Ingenieros Agrónomos. La
etiqueta y el panfleto deben llevar la leyenda: `VENTA BAJO RECETA PROFESIONAL”
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