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 Normativa >> Ley 104 >> Fecha 06/06/1853 >> Articulo 533
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Normativa - Ley 104 - Articulo 533
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Artículo 533
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533

Artículo 533.- Prescripción adquisitiva

La posesión de la nave sin el título de adquisición no atribuye la

propiedad al poseedor si no ha sido continua por espacio de treinta

años.

El capitán no puede adquirir la propiedad de la nave por

prescripción.

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