713
Artículo 713.- Declaración de guerra; falta de instrucciones del
fletador
Faltando al capitán instrucciones del fletador, y sobreviniendo
declaración de guerra, seguirá su viaje al puerto de su destino, como
éste no sea de la misma potencia con quien se hayan roto las
hostilidades, en cuyo caso se dirigirá al puerto neutral y seguro que
se encuentre más cercano, y aguardará órdenes del cargador, sufragándose
los gastos y salarios devengados en la detención como avería común.
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