729
Artículo 729.- Mercaderías deterioradas o disminuidas por caso
fortuito, por vicio propio de la cosa o por mala condición y calidad
de los envases; flete
Devengan el flete íntegro, según lo pactado en el fletamento, las
mercaderías que sufran deterioro o disminución por caso fortuito, por
vicio propio de la cosa, o por mala calidad y condición de los envases.
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