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 Normativa >> Ley 104 >> Fecha 06/06/1853 >> Articulo 731
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Normativa - Ley 104 - Articulo 731
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Artículo 731
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731

Artículo 731.- Aumento en el peso o medida de las mercaderías

Teniendo un aumento natural en su peso o medida las mercaderías

cargadas en la nave, se pagará por el propietario el flete

correspondiente a este exceso.

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