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 Normativa >> Ley 104 >> Fecha 06/06/1853 >> Articulo 756
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Normativa - Ley 104 - Articulo 756
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Artículo 756
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756

Artículo 756.- Bienes que pueden ser objeto del préstamo a la gruesa

Puede hacerse el préstamo a la gruesa no solamente en moneda

metálica sino también en efectos propios para el servicio y consumo de

la nave, así como para el comercio, arreglándose en este caso por

convenio de las partes un valor fijo.

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