Artículo 4º—Las labores de manipulación, formulación y reempaque de
productos que contengan metil paratión o paratión metílico
Artículo 4º—Las labores de manipulación, formulación y reempaque de
productos que contengan metil paratión o paratión metílico deben ser realizadas
por personal capacitado en el manejo de plaguicidas y utilizar las medidas de
protección y prevención personal.
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